¿Trabajas en Apps? La «regla del 48%» que salvará tus ganancias frente al IMSS en 2026.
📢 Trabajo en Plataformas Digitales: Guía de Cálculo 2026
A partir de las recientes actualizaciones en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y la culminación de la etapa piloto iniciada en julio de 2025, se han definido las reglas finales para la seguridad social de choferes y repartidores en México. Esta reforma busca formalizar a miles de trabajadores manteniendo la flexibilidad del modelo digital.
1. El Concepto Clave: Ingreso Neto vs. Ingreso Bruto
Para evitar que los trabajadores paguen cuotas sobre dinero que en realidad usan para operar (gasolina, mantenimiento), la ley permite descontar un Factor de Exclusión. El resultado es el Ingreso Neto, que sirve como base para las aportaciones al IMSS e INFONAVIT.
2. Factores de Exclusión (Deducciones Permitidas)
Según el Acuerdo publicado el 26 de diciembre de 2025, los porcentajes que se restan automáticamente del ingreso total son:
| Categoría de Transporte | Descripción | Factor de Exclusión |
| Categoría A | Automóviles (combustión, eléctricos o híbridos) | 48% |
| Categoría B | Motocicletas y motonetas | 32% |
| Categoría C | Bicicletas o entrega a pie | 3% |
3. Requisitos para la Seguridad Social Obligatoria
No todos los usuarios de la plataforma entran en el esquema obligatorio. Para ser sujeto de estos beneficios, el trabajador debe:
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Generar un ingreso neto mensual igual o superior a un Salario Mínimo General (aprox. $8,364 MXN en 2025).
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Si el ingreso es menor, el trabajador mantiene su estatus de independiente, aunque puede optar por la incorporación voluntaria.
4. Beneficios Alcanzados
Los trabajadores que cumplan con el umbral mínimo tendrán acceso pleno a:
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Servicios Médicos: Atención completa en el IMSS para el trabajador y su familia.
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Vivienda (INFONAVIT): Capacidad de ahorro y acceso a créditos hipotecarios.
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Seguros y Pensiones: Cobertura por invalidez, vida, riesgos de trabajo y guarderías.
5. Obligaciones de las Plataformas
Las aplicaciones (Uber, DiDi, Rappi, etc.) ahora actúan como entes retenedores. Deben:
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Inscribir a los trabajadores desde el primer día.
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Calcular y retener la cuota obrero-patronal (aprox. 2.5% del ingreso neto).
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Reportar mensualmente los ingresos a la STPS y al IMSS.
Nota Importante: Esta reforma laboral es independiente a las obligaciones fiscales (ISR/IVA). El régimen de «Ingresos por Plataformas Tecnológicas» ante el SAT permanece sin cambios (al día de hoy 26-Dic-2025).
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5777133&fecha=26/12/2025#gsc.tab=0




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