- IVA en la venta de automóviles y camiones usados en México: Una guía completaseptiembre 13, 2025 - 10:15 am
Lo que sí puedo hacer es explicarte cómo funciona el tema de depósitos en cuentas bancarias y su fiscalización en México:
Cuando recibes depósitos en efectivo en tu cuenta bancaria (ventanilla, cajero, corresponsales, etc.), el banco avisa al SAT si en un mes la suma de esos depósitos supera los $15,000 pesos (Ley del ISR, artículo 55, fracción IV).
Ese aviso no significa automáticamente que pagues impuestos, pero sí puede detonar revisiones si el SAT detecta inconsistencias.
No generan ese aviso automático al SAT, aunque los bancos sí reportan los movimientos globales de las cuentas una vez al año.
Si el SAT ve que tus ingresos no cuadran con lo que declaras, puede pedir explicaciones.
Algunos conceptos están exentos de ISR (ej. herencias o donaciones de padres a hijos y viceversa).
Sin embargo, para estar protegido, lo ideal es documentarlos (contratos, actas, etc.) y, en ciertos casos, informarlos en tu declaración anual.
No hay un “monto mágico” que puedas recibir sin que el SAT lo sepa.
Lo recomendable es tener soporte documental (contratos, comprobantes, CFDIs) que expliquen el origen del dinero.
Si los ingresos son constantes (ej. clientes, ventas, rentas), lo más seguro es inscribirse en el régimen fiscal adecuado y declararlos.
Exentas de ISR siempre, sin importar el monto.
Deben estar debidamente protocolizadas (testamento, juicio o escritura pública).
Recomendación: conservar el testamento o la resolución judicial/notarial que respalde la herencia.
De padres a hijos, de hijos a padres y entre cónyuges → exentas en su totalidad.
De otros familiares en línea recta (abuelos, nietos, etc.) → también exentas.
De otros familiares o personas sin parentesco directo → están exentas solo hasta el equivalente a 3 UMAs anuales (~$131,000 en 2025).
Recomendación: hacer un contrato de donación (puede ser privado si es menor, o notariado si es mayor) y conservar transferencias o comprobantes.
No generan ISR siempre que:
Sean genuinos (no disfrazados de ingresos).
Estén respaldados con un contrato de préstamo con fecha, firma y condiciones.
En la declaración anual, si el monto recibido en préstamos en el año excede $600,000, se deben informar al SAT (aunque no pagan impuestos).
Recomendación: elaborar contrato privado o notariado, conservar comprobantes de transferencia.
Por accidentes, seguros, daños personales o despido → en la mayoría de los casos están exentas de ISR hasta ciertos topes.
Recomendación: conservar pólizas, resoluciones o CFDIs correspondientes.
Aportaciones para aumentar el capital social en empresas → no causan ISR, pero deben protocolizarse.
Aportaciones a cuentas de ahorro o planes de retiro autorizados → exentas bajo ciertos límites y reglas.
Recuerda: si en un mes depositas más de $15,000 en efectivo, el banco informa al SAT.
Si son transferencias, cheques o SPEI → no hay reporte mensual automático, pero sí se informan en reportes anuales globales.
✅ Claves para evitar problemas con el SAT
Siempre tener documentos de respaldo (contrato, recibos, escrituras, CFDI si aplica).
Evitar mezclar dinero de negocios con cuentas personales.
Declarar cuando sea obligatorio (ej. préstamos mayores a $600,000).
Leave a Reply
Want to join the discussion?Feel free to contribute!