Declaración Anual 2025 para Personas Físicas en RESICO: Guía Completa
Declaración Anual 2025 para Personas Físicas en RESICO: Guía Completa
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) ofrece facilidades administrativas y tasas impositivas reducidas para personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos. A continuación, se presenta una guía detallada sobre la presentación de la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2025.
¿Quiénes Deben Presentar la Declaración Anual?
No todas las personas físicas en RESICO están obligadas a presentar la declaración anual. La obligación depende de tus fuentes de ingresos y el monto de los mismos:
Sí estás obligado si:
- Además de tus ingresos por RESICO, obtuviste ingresos por sueldos y salarios que excedieron los $400,000 pesos anuales.
- Tuviste ingresos por intereses reales que superaron los $100,000 pesos anuales.
- Tus ingresos en RESICO provinieron de copropiedad.
- Dejaste de tributar en RESICO durante el ejercicio 2025.
No estás obligado si:
- Tus únicos ingresos fueron por RESICO y no excedieron los 3.5 millones de pesos.
- Tus ingresos por sueldos y salarios fueron menores a $400,000 pesos y tus ingresos por RESICO se consideraron pagos definitivos.
Fecha Límite de Presentación
La fecha límite para presentar la declaración anual de personas físicas, incluyendo a quienes tributan en RESICO, es el 30 de abril de 2026.
Paso a Paso para Presentar tu Declaración Anual
El proceso se realiza a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT). La plataforma suele precargar gran parte de tu información, pero es fundamental que la verifiques y complementes.
- Accede al Portal del SAT: Ingresa a
www.sat.gob.mx
y dirígete a la sección de “Declaraciones”. - Inicia Sesión: Autentifícate con tu RFC y contraseña o con tu e.firma.
- Selecciona “Presentar Declaración”: Elige la opción para la declaración anual de personas físicas.
- Configuración Inicial:
- Ejercicio: 2025
- Tipo de Declaración: Normal
- Periodo: Del ejercicio
- Ingresos:
- El sistema mostrará los ingresos precargados correspondientes a tus actividades en RESICO, basados en los CFDI que emitiste. Verifica que todos tus ingresos facturados estén correctamente reflejados.
- Si tienes ingresos por otras fuentes (como sueldos y salarios o intereses), deberás revisar y validar la información en sus respectivas secciones.
- Deducciones Personales:
- En este apartado podrás aplicar las deducciones personales a las que tienes derecho, incluso si estás en RESICO. Asegúrate de contar con los CFDI correspondientes.
- Determinación del Impuesto:
- El sistema calculará el Impuesto Sobre la Renta (ISR) anual a tu cargo o a tu favor, considerando tus ingresos y deducciones.
- Pago o Devolución:
- Si tienes saldo a cargo, el sistema te generará una línea de captura para que realices el pago en instituciones bancarias autorizadas.
- Si obtienes saldo a favor, podrás solicitar su devolución. Deberás proporcionar una cuenta CLABE a tu nombre para el depósito.
- Firma y Envío: Firma la declaración con tu e.firma y envíala. Es crucial que descargues y guardes tu acuse de recibo.
Deducciones Personales Aplicables en RESICO
Aunque en RESICO no se aplican deducciones autorizadas para la actividad (gastos), sí tienes derecho a las deducciones personales en tu declaración anual. Estas pueden ayudarte a disminuir tu base gravable y obtener un saldo a favor. Las principales son:
- Gastos Médicos: Honorarios médicos, dentales, de psicología y nutrición. Gastos hospitalarios, medicinas incluidas en facturas de hospitales, análisis clínicos y prótesis.
- Gastos Funerarios: Que no excedan la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual.
- Donativos: Otorgados a instituciones autorizadas.
- Colegiaturas: En instituciones educativas privadas con validez oficial, con límites por nivel educativo.
- Transporte Escolar: Cuando sea obligatorio.
- Intereses Reales de Créditos Hipotecarios: Pagados por tu casa habitación.
- Aportaciones Complementarias de Retiro: Realizadas a tu Afore.
- Primas por Seguros de Gastos Médicos.
Novedades Fiscales para RESICO en 2025
Es importante estar al tanto de las disposiciones fiscales que pueden impactar tu situación. Para 2025, considera lo siguiente:
- Prórroga para e.firma y Buzón Tributario: Se extendió el plazo para que los contribuyentes de RESICO cumplan con la obligación de contar con e.firma y habilitar su Buzón Tributario. Es fundamental que verifiques las fechas límite actualizadas en la Resolución Miscelánea Fiscal.
- Reglas para Salir de RESICO: Se establecieron procedimientos más claros para los contribuyentes que dejen de tributar en este régimen, ya sea por superar el límite de ingresos o por incumplimiento de obligaciones.
- Facilidades Administrativas: El SAT continúa promoviendo facilidades para el cumplimiento de las obligaciones en este régimen, como el cálculo automático de impuestos en las declaraciones.
Ejemplo Ilustrativo del Cálculo de Impuesto
Supongamos que una persona física en RESICO tuvo los siguientes ingresos en 2025:
- Ingresos por RESICO: $1,200,000
- Ingresos por Sueldos y Salarios: $300,000
- Deducciones Personales (Gastos Médicos): $25,000
En este caso, la persona no estaría obligada a presentar la declaración anual, ya que sus ingresos por salarios no superan los $400,000. Sin embargo, podría optar por presentarla para aplicar sus deducciones personales y potencialmente obtener un saldo a favor por las retenciones que le hicieron en su salario.
Si decidiera presentarla, en la declaración se sumarían sus ingresos acumulables (la base gravable de sueldos) y se restarían sus deducciones personales. El impuesto correspondiente a sus ingresos por RESICO ya fue pagado de forma mensual y se considera definitivo. El cálculo se centraría en el ISR por salarios y la aplicación de las deducciones personales.
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