Venta de inmuebles heredados o donados: ¿cómo funciona el ISR?
La herencia es un tema que suele despertar conversaciones emocionadas y, a veces, hasta discusiones familiares. Pero cuando además se trata de propiedades inmobiliarias, el entusiasmo inicial suele ir acompañado de una gran interrogante: ¿qué impuestos debo pagar si decide vender ese inmueble heredado o donado? En el reciente video de YouTube titulado «Venta de inmuebles heredados o donados: ¿cómo funciona el ISR?»se abordan, con claridad y precisión, las principales dudas fiscales que surgen en estos escenarios tan particulares.
El video comienza aclarando una confusión común: la diferencia entre herencia y donación, y su impacto según la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México.
- ¿Paga impuestos quién recibe el inmueble? ¿desde cuándo aplica la exención?
- ¿Qué sucede si se supera cierto monto y no se informa al SAT?
- Y lo más importante: ¿qué pasa cuando finalmente se decide vender esa propiedad heredada o donada?
En este artículo,revisaremos las claves explicadas en el video sobre la recepción de inmuebles a través de herencias,legados o donaciones,y desglosaremos qué obligaciones fiscales debes considerar si decides vender, cómo calcular la ganancia para efectos del ISR y qué reglas especiales se aplican en estos casos. Acompáñanos a descubrir cómo proteger tu patrimonio y evitar sorpresas con el fisco.
Las herencias y donaciones a menudo suelen confundirse, pero tienen diferencias legales y fiscales esenciales que pueden impactar al momento de vender el inmueble.
la herencia sólo tras ocurre el fallecimiento del propietario original, mientras que la donación siempre se realiza «en vida»; Por lo tanto, la frase «heredar en vida» es un error común. De acuerdo al artículo 119 de la Ley del ISR, la transmisión del bien -ya sea por fallecimiento (herencia/legado) o por donación- no se considera enajenación; esto significa que quien dona o fallece no causa impuestos por la transmisión del inmueble. Asimismo, para el beneficiario, la recepción del bien está exenta de ISR por ley, aplicando el artículo 93, fracción XXIII (donación) o fracción XX (herencias/legados). Sin embargo, esta exención puede ser parcial o total, dependiendo de factores como el valor recibido, el grado de parentesco o si el monto supera los $600,000 pesos y no se informa oportunamente al SAT.
- Herencia: Bien recibido tras caída. Exención total de ISR al adquirirse,pero obligatorio informar si supera $600,000.
- Donación: Bien recibido en vida. Exención total o parcial de ISR según parentesco y monto; informar siempre si supera $600,000.
- La exención se pierde si no se informa la operación al SAT cuando se excede el límite establecido.
| concepto | ISR al recibir | Obligación de informar |
|---|---|---|
| Herencia | Exento | Si el valor > $600,000 |
| Donación entre familiares directos | Exento | Si el valor > $600,000 |
| Donación a otros | Parcial | siempre |
Mirada al Futuro
es essential tener claridad sobre cómo funciona el ISR en la venta de inmuebles recibidos por herencia, legado o donación. Aunque en el momento de recibir estos bienes no se genera un impuesto debido a sus exenciones legales, al momento de venderlos la situación cambia y la culpa fiscal puede hacerse presente. Comprender las diferencias entre la transmisión gratuita y la enajenación comercial es clave para evitar sorpresas con el SAT y cumplir correctamente con las obligaciones fiscales. Además, conocer cómo se determina el costo de adquisición original -tomando en cuenta la actualización por inflación y la depreciación de construcción- permite calcular con precisión el impuesto sobre la renta a pagar. Si está involucrado en alguna operación de este tipo, manténgase informado y asesórate para tomar decisiones financieras inteligentes y evitar inconvenientes fiscales.¡Hasta la próxima!









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