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SAT da a conocer criterios de programación de auditorías 2026

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado el Comunicado 53/2025, mediante el cual informa los criterios que aplicará para la programación de auditorías en 2026. Esta medida forma parte de su estrategia de transparencia proactiva y busca brindar mayor certidumbre jurídica a los contribuyentes, así como garantizar condiciones equitativas en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Indicadores de riesgo

De acuerdo con el SAT, las auditorías se enfocarán en contribuyentes identificados con conductas de alto riesgo, tales como:

  • Celebración de operaciones con factureras o nóminas simuladas.

  • Pérdidas fiscales recurrentes.

  • Simulación o abuso de deducciones.

  • Obtención de ingresos no declarados.

  • Uso indebido de estímulos fiscales.

  • Inconsistencias entre lo importado/comprado y lo vendido.

  • Operaciones con precios por debajo del mercado que incumplan regulaciones o restricciones.

  • Falta de enteramiento de retenciones de empleados.

  • Operaciones con paraísos fiscales.

  • Solicitud de devoluciones improcedentes.

  • Pago de impuestos en tasa efectiva inferior al promedio del sector.

Número de auditorías proyectadas

El padrón auditable definido para 2026 contempla:

  • Grandes contribuyentes: 6.3 % (1,200 auditorías).

  • Pequeños y medianos contribuyentes: 0.02 % (12,000 auditorías).

  • Comercio exterior: 2.5 % (3,000 auditorías).

En total, se prevé la realización de aproximadamente 16,200 auditorías anuales.

Compromiso institucional

El SAT reiteró su compromiso de aplicar mecanismos de auditoría rigurosos y en estricto apego a la ley, con el propósito de combatir la evasión y la elusión fiscal, consolidando así un sistema tributario más justo y equitativo que contribuya al bienestar del país.

Fuente X del SAT:

auditorias sat criterios 2026

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cfdi agencia viajes cuenta terceros

La Factura Millonaria que no era Mía:

Una Historia de Terror Fiscal con Final Feliz


Laura siempre amó su trabajo. Su agencia, «Viajes Horizonte», no solo vendía boletos de avión; creaba experiencias. Cada mañana, llegaba a su oficina con una misión: hacer que el mundo pareciera un poco más pequeño y accesible para sus clientes. Era meticulosa, organizada y, sobre todo, honesta. Por eso, cuando llegó la hora de su declaración anual, se sentó frente al portal del SAT con la confianza de quien tiene todo en orden.

Pero esa confianza se hizo añicos en un segundo.

Al abrir su declaración precargada, un sudor frío recorrió su espalda. La cifra de «Ingresos Acumulables» era astronómica, un número con tantos ceros que parecía pertenecer a una corporación multinacional, no a su querida agencia.

—Imposible —murmuró—. Esto es más de diez veces lo que realmente gané. ¡Incluye el costo total de cada boleto de avión y cada hotel que vendí!

Su mente repasó el proceso una y otra vez. Para ser transparente, cada vez que un cliente le pagaba un paquete completo, ella emitía un CFDI por el total. Inteligentemente, usaba el nodo «AcuentaTerceros», especificando con el RFC de la aerolínea que esa parte del dinero no era suya. «Así el SAT sabrá qué es mío y qué es de la aerolínea», pensaba ella. Era lógico, ¿no?

Con el corazón en un puño, llamó a David, su contador.

—¡David, el SAT cree que soy millonaria! —le dijo Laura, con la voz temblorosa—. ¡Me está cargando como ingreso hasta el último centavo que pagué a Aeroméxico! ¿Pero no para eso usaba la opción de «AcuentaTerceros»?

David, al otro lado de la línea, suspiró. No era la primera vez que escuchaba esta historia.

—Laura, respira. Estás a punto de aprender una de las lecciones más confusas y cruciales del mundo del CFDI. Lo que hiciste fue lógico, pero fiscalmente incorrecto. Imagina que el sistema del SAT es un robot muy poderoso, pero muy literal. Él ve un CFDI con el RFC de «Viajes Horizonte» por $25,000 y en su sistema anota: «Laura ganó $25,000». No se detiene a leer la letra pequeña del nodo «AcuentaTerceros» para restar ese monto.

Laura estaba confundida. —¿Entonces para qué existe esa opción?

400sq factoraje 01—Ese nodo —explicó David— es como una herramienta de cirujano usada por un carpintero. Es para un caso súper específico: el de un comisionista mercantil que tiene un contrato para facturar en nombre de otra empresa. Tú no facturas en nombre de la aerolínea, tú eres una intermediaria que le facilita un pago a tu cliente. La naturaleza de tu operación es un «pago por cuenta de un tercero», no un «ingreso por cuenta de un tercero». Son universos distintos.

El silencio se apoderó de la línea. Laura por fin lo entendía. El monstruo de cifras en su declaración no era un error del sistema; era el resultado de una herramienta bien intencionada pero mal aplicada.

—Entonces, ¿qué hago? ¿Tengo que pagar impuestos sobre dinero que solo pasó por mis manos?

—¡Jamás! —dijo David con firmeza—. Aquí está el plan de batalla. Primero, vamos a corregir tu declaración. Disminuiremos manualmente ese ingreso inflado y declararemos solo lo que realmente te corresponde: tus comisiones. Guardaremos como oro todos tus estados de cuenta y comprobantes que demuestren que el dinero voló directamente a las aerolíneas. Estaremos listos si el SAT pregunta.

—¿Y para el futuro? —preguntó Laura, sintiendo un inmenso alivio.

—Para el futuro, tu proceso cambia. Es más simple y más limpio:

  1. Tú le emitirás un CFDI a tu cliente únicamente por el valor de tu servicio, tu comisión. Ese es tu verdadero ingreso.
  2. El cliente usará su clave de reservación para facturar el boleto directamente en el portal de la aerolínea. El CFDI del vuelo estará a su nombre, emitido por quien le dio el servicio. Cuentas claras.

Laura colgó el teléfono sintiendo que le habían quitado un peso de encima. El terror fiscal se había transformado en una lección aprendida. Su error no fue por deshonestidad, sino por una interpretación lógica de un sistema complejo.

Hoy, «Viajes Horizonte» sigue creando experiencias increíbles, pero con una facturación impecable. Laura ahora sabe que en el mundo fiscal, no solo importa ser transparente, sino usar las herramientas exactamente para lo que fueron creadas. Y espera con paciencia ese futuro «Complemento de Gastos por Cuenta de Terceros» que el SAT algún día liberará, una herramienta que, esta vez sí, estará hecha a la medida de su negocio.

La moraleja: El dinero que solo administras no es tu ingreso. Factura solo por lo que ganas y asegúrate de que cada pieza del rompecabezas fiscal esté en su lugar correcto.

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¿Y ante el sat que es necesario hacer?

Cancelar facturas y volver a hacer las facturas por mis comisiones?

Esta es una pregunta crucial y la respuesta requiere actuar con mucho cuidado. La decisión que tomes tendrá implicaciones directas en tu situación fiscal.

Aquí te presento un análisis de la situación y la estrategia más recomendable, pero es absolutamente fundamental que valides y ejecutes estos pasos con tu contador público o fiscalista.

 

Respuesta Directa: ¿Cancelo y Rehago las Facturas?

 

En la mayoría de los casos, la respuesta es NO, no te lances a cancelar masivamente las facturas pasadas.

Cancelar y reexpedir facturas, especialmente de ejercicios fiscales anteriores, es un proceso extremadamente complejo y riesgoso por varias razones:

  1. Plazos de Cancelación: El SAT establece plazos estrictos para la cancelación de CFDI. Generalmente, tienes hasta el mes en que presentas tu declaración anual del ejercicio correspondiente para cancelar facturas de ese año. Por ejemplo, para facturas de 2024, el plazo venció en abril de 2025. Intentar cancelar facturas de años anteriores es prácticamente imposible o requiere procesos de justificación muy complejos que pueden levantar alertas.
  2. Aceptación del Cliente: Para cancelar un CFDI, tu cliente debe aceptar la cancelación. Coordinar esto para docenas o cientos de facturas pasadas es una pesadilla administrativa y puede generar una enorme confusión y desconfianza en tus clientes.
  3. «Foco» del SAT: Una cancelación masiva de facturas es una actividad atípica que puede ser detectada por los sistemas automáticos del SAT y ser interpretada como una señal de alerta (red flag), potencialmente provocando una revisión o auditoría.
  4. Efecto en la Contabilidad del Cliente: Tu cliente ya usó esa factura original en su propia contabilidad y para sus deducciones. Cancelarla le genera un problema fiscal a él también.

 

La Estrategia Correcta y Más Segura: Corrección Vía Declaraciones

 

El camino recomendado por la mayoría de los fiscalistas no es alterar el pasado (los CFDI ya emitidos), sino corregir la forma en que declaraste las consecuencias de esos CFDI.

Piensa en los CFDI como la «evidencia» de una operación. La evidencia está mal registrada, pero en lugar de intentar destruirla y rehacerla (cancelar y reexpedir), lo que harás es presentar un «testimonio» corregido (tus declaraciones complementarias) explicando la verdadera naturaleza de la operación, respaldado por pruebas contundentes.

 

Pasos a Seguir ante el SAT (Supervisado por tu Contador)

 

  1. Acción Inmediata: NO CANCELES NADA. No tomes ninguna acción impulsiva con los CFDI ya emitidos. El daño de una cancelación masiva puede ser peor que el problema original.
  2. Paso Fundamental: Junta tu «Armadura Fiscal» (Soporte Documental). Esta es tu tarea más importante. Debes crear un expediente a prueba de balas para cada periodo que vayas a corregir. Necesitas:
    • Estados de Cuenta Bancarios: Donde se vea claramente la entrada del dinero total del cliente y la salida del dinero hacia la aerolínea, hotel, etc. El flujo del dinero es tu mejor testigo.
    • Contratos o Acuerdos: Cualquier contrato de intermediación que tengas con tus clientes.
    • Comprobantes de Pago a Terceros: Las fichas de transferencia o comprobantes de pago a las aerolíneas y proveedores.
    • CFDI de los Proveedores: Si es posible, tener el CFDI que la aerolínea emitió para el cliente final.
  3. Acción Fiscal: Presentar Declaraciones Complementarias. Tu contador debe hacer lo siguiente:
    • Calcular el ingreso real (solo tus comisiones) para cada mes y para cada año que se facturó incorrectamente.
    • Presentar declaraciones complementarias de los Pagos Provisionales (mensuales) y de la Declaración Anual.
    • En estas declaraciones, se modificará el campo de «Ingresos Acumulables», disminuyéndolo de la cifra precargada (total de los CFDI) a la cifra real (solo comisiones).
    • Esto probablemente resultará en un saldo a favor de impuestos, ya que pagaste sobre ingresos que no eran tuyos. Se puede solicitar la devolución o la compensación de ese saldo.
  4. Cambio Radical Hacia el Futuro:
    • A partir de hoy, detén por completo la práctica anterior.
    • Implementa el proceso correcto: emite CFDI únicamente por el valor de tus comisiones y cargos por servicio.
    • Educa a tus clientes sobre el nuevo proceso, explicándoles que ellos deben facturar sus boletos y estancias directamente con el proveedor final.

Tabla Comparativa de Estrategias

 

Estrategia Ventajas Desventajas / Riesgos
Corrección vía Declaraciones Menos riesgosa ante el SAT. – No molestas a tus clientes. – Evitas problemas con plazos de cancelación. – Es el procedimiento estándar para corregir errores de fondo. – Mantiene una discrepancia visible entre los CFDI emitidos y los ingresos declarados. – Requiere un soporte documental impecable para justificar la diferencia en una auditoría.
Cancelar y Reexpedir – «Limpia» el historial de CFDI, alineándolo con los ingresos reales declarados. Extremadamente riesgoso y complejo. – Plazos de cancelación probablemente vencidos. – Genera alertas en el SAT. – Causa problemas y confusión a tus clientes.
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¿“Derecho al error” en materia tributaria mexicana?

En México no existe literalmente con ese nombre.

Lo que sí hay es un conjunto de derechos y mecanismos que, en la práctica, protegen a quien comete errores de buena fe y los corrige: cumplimiento espontáneo, autocorrección durante auditorías, devolución por pago de lo indebido y acuerdos conclusivos ante PRODECON. La doctrina incluso advierte que llamar a todo esto “derecho al error” puede ser impreciso. Revistas UNAM

Marco legal clave

  • Derecho a corregir tu situación fiscal (autocorrección en revisión): La Ley Federal de los Derechos del Contribuyente (LFDC) reconoce, desde el inicio y hasta antes de la resolución, el derecho a corregir mediante declaración normal o complementaria, y fija beneficios y plazos del procedimiento. Además, prevé multas reducidas si corriges durante la revisión: 20% antes del acta final u oficio de observaciones, o 30% después y antes de la resolución.

  • Cumplimiento espontáneo (antes de que te requieran): El Código Fiscal de la Federación (CFF) no impone multa si cumples fuera de plazo por tu propia iniciativa (no hay espontaneidad si la autoridad ya detectó la omisión o te notificó). El SAT lo presenta como “Derecho a corregir tu situación fiscal”.

  • Devolución por pago de lo indebido (errores del contribuyente o de la autoridad): El CFF obliga a devolver cantidades pagadas indebidamente; la SCJN ha sostenido que ese derecho surge cuando hubo error de hecho o de derecho en el nacimiento o determinación de la obligación. También aplica el régimen de intereses del 22-A si la devolución se retrasa.

  • Acuerdos conclusivos (PRODECON): Medio alternativo durante auditorías para cerrar diferencias con la autoridad; por única ocasión dan reducción/condonación del 100% de multas vinculadas al acuerdo.

  • Programas temporales de regularización (p. ej., 2025): Vía Ley de Ingresos 2025, el SAT habilitó disminución del 100% en multas y recargos para ciertos adeudos (con requisitos). No es “derecho al error” permanente, pero sí una facilidad vigente ese año.

Cómo se ejerce en la práctica

  1. Si aún no te revisan: presenta complementaria y paga contribución y accesorios → sin multa por ser espontáneo. Verifica que no exista requerimiento previo.

  2. Si ya te revisan: pide autocorrección (LFDC) y presenta la(s) complementaria(s). La multa aplicable baja a 20% o 30% según el momento.

  3. Si hay diferencias relevantes: valora un acuerdo conclusivo con PRODECON para cerrar la auditoría y acceder a la reducción del 100% de multas (una vez).

  4. Si pagaste de más por error: tramita devolución (pago de lo indebido); si el SAT se demora, aplican intereses del 22-A.

Nota conceptual: en México el “derecho al error” no es una etiqueta legal autónoma; el sistema protege la buena fe del contribuyente a través de estas figuras. Revistas UNAM

BONUS (Antes de que borren el vídeo..)

derecho error tributario sat


FUENTES (URLs sin formato)
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFDC.pdf
https://mexico.justia.com/federales/codigos/codigo-fiscal-de-la-federacion/titulo-cuarto/capitulo-i/ (Art. 73 CFF)
https://wwwmat.sat.gob.mx/derechos-contribuyentes/52708/derecho-a-corregir-tu-situacion-fiscal
https://wwwmat.sat.gob.mx/articulo/81412/articulo-22
https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/162440
https://mexico.justia.com/federales/codigos/codigo-fiscal-de-la-federacion/titulo-tercero/capitulo-ii/ (Acuerdos conclusivos)
https://www.prodecon.gob.mx/gobmx/acciones_y_programas/acuerdos_conclusivos.html
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2025.pdf
https://www.sat.gob.mx/minisitio/RegularizacionFiscal/LIF/index.html
https://www.revistas.unam.mx/index.php/rfdm/article/download/88998/79002
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El Canto de Sirena Fiscal:

El Peligroso Esquema de «Ahorro» Mediante Responsabilidad Solidaria

En el complejo mundo fiscal, la promesa de un «ahorro de flujos» significativo puede sonar como música para los oídos de cualquier empresario. Recientemente, han ganado notoriedad ciertos «servicios profesionales» que ofrecen reducir la carga tributaria de una empresa mediante una ingeniosa combinación de figuras legales: la responsabilidad solidaria y los estímulos fiscales.

La oferta es tentadora: un tercero asume tu deuda fiscal ante la autoridad y la liquida usando sus propios beneficios, y a cambio, tú le pagas una comisión, quedándote con un «ahorro» considerable. Pero, ¿es esta una estrategia de optimización fiscal legítima o una trampa con consecuencias devastadoras?

Analicemos a fondo este esquema para separar la realidad del mito.

Las Piezas del Rompecabezas: ¿Cómo Funciona el Esquema?

Para entender la operación, primero debemos conocer sus tres componentes clave:

  1. Responsabilidad Solidaria: Es una figura jurídica que permite a un tercero asumir la obligación de pagar una deuda ajena. El Código Fiscal de la Federación (CFF) contempla que una persona pueda asumir voluntariamente esta responsabilidad por las deudas de otro contribuyente. Su propósito original es garantizar la recaudación para el Estado, no servir como un vehículo para transacciones comerciales.  
  2. Estímulos Fiscales: Son beneficios, como créditos o deducciones, que el gobierno otorga para incentivar actividades específicas como la investigación, la tecnología o la cultura. Un principio fundamental es que estos estímulos son personales e intransferibles; le pertenecen únicamente al contribuyente que realizó la actividad promovida.  
  3. Papeles de Trabajo: Son los documentos contables y jurídicos que soportan y demuestran la correcta determinación de los impuestos de una empresa. En este esquema, el proveedor del servicio los solicita para construir un expediente con apariencia de legitimidad ante la autoridad fiscal.  

La Mecánica de la Transacción

El proceso se desarrolla de la siguiente manera:

  1. Tu empresa determina un impuesto a pagar (por ejemplo, $1,000,000 de ISR).
  2. Contratas al «proveedor de servicios», quien te cobra una comisión (ej. $800,000).
  3. El proveedor utiliza tus papeles de trabajo para presentar un escrito ante el SAT, asumiendo la responsabilidad solidaria de tu deuda de $1,000,000.  
  4. Acto seguido, el proveedor «paga» tu deuda, pero no con dinero, sino aplicando un estímulo fiscal (un crédito fiscal) que él mismo generó.
  5. El sistema del SAT registra tu obligación como saldada. El beneficio prometido es el «ahorro» de $200,000.

Lo que realmente ha ocurrido no es un servicio de asesoría, sino la venta ilegal de un estímulo fiscal intransferible. El proveedor ha monetizado un activo fiscal que no podía usar, utilizando tu deuda como el vehículo para hacerlo.

La Cruda Realidad: La Postura del SAT y los Riesgos Catastróficos

Aquí es donde el castillo de naipes se derrumba. Este esquema no opera en una «zona gris» de la ley; ha sido explícitamente identificado y condenado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El Criterio Normativo 4/CFF/NV del SAT, titulado «Aplicación indebida de estímulos fiscales, bajo la figura de asunción de responsabilidad solidaria», es demoledor y califica esta práctica como indebida .

Peor aún, la autoridad fiscal considera que esta conducta se equipara al delito de defraudación fiscal.  

Al participar en este esquema, tu empresa y sus directivos se exponen a riesgos que superan por mucho el supuesto ahorro:

  • Riesgo Fiscal: El SAT desconocerá la validez del pago. Esto resultará en la determinación del crédito fiscal original, más actualizaciones por inflación, recargos por mora y multas que pueden superar el 100% del impuesto omitido.  
  • Riesgo Penal: La consecuencia más grave. Al ser equiparable a defraudación fiscal, los administradores, el director general o los miembros del consejo de administración podrían enfrentar un proceso penal, con posibles penas de prisión.  
  • Riesgo Administrativo: La empresa puede ser incluida en las «listas negras» del SAT, llevando a la restricción o cancelación de los Certificados de Sello Digital (CSD), lo que paraliza la facturación y, por ende, la operación del negocio.
  • Riesgo Reputacional: El daño a la imagen de la empresa ante clientes, proveedores, socios y el sistema financiero puede ser irreparable, afectando su viabilidad a largo plazo.

Conclusión: Apuesta por lo Seguro y lo Sostenible

El servicio que promete un «ahorro de flujo» mediante la responsabilidad solidaria y la aplicación de estímulos fiscales de terceros es una simulación de actos jurídicos diseñada para encubrir la compraventa de un beneficio fiscal intransferible.

Nuestra recomendación es categórica: NO PROCEDER.

El beneficio económico es una ilusión a corto plazo que se desvanece frente a la magnitud de los riesgos fiscales, penales y operativos.

La verdadera optimización fiscal no proviene de esquemas artificiales y de alto riesgo, sino de una planificación estratégica, transparente y alineada con las operaciones reales de tu negocio. Investiga y aprovecha los estímulos fiscales a los que tu propia empresa tiene derecho por sus actividades, como la inversión en tecnología, la capacitación o la contratación de personal específico.  

No caigas en el canto de la sirena. En materia fiscal, si algo parece demasiado bueno para ser verdad, casi con toda seguridad lo es. Consulta siempre a un asesor de confianza y construye la salud financiera de tu empresa sobre cimientos sólidos y legales.

El peligroso esquema de «Ahorro» mediante la Responsabilidad Solidaria

En el mundo de la gestión financiera y empresarial, emergen constantemente fórmulas innovadoras para optimizar recursos y reducir obligaciones fiscales. Sin embargo, algunas de estas alternativas, como el esquema de «ahorro» basado en la Responsabilidad Solidaria, esconden tras su aparente conveniencia un peligro latente que puede poner en jaque la estabilidad de empresas y contribuyentes.

Este esquema seduce con la promesa de ahorrar grandes cantidades en impuestos y cargas laborales, invitando a empresarios y profesionistas a delegar obligaciones en terceros. Sin embargo, detrás del aparente beneficio económico, se esconden riesgos legales y fiscales que pueden acarrear consecuencias graves y duraderas.

  • Flexibilidad aparente: Se plantea como una solución eficiente para gestionar obligaciones, distribuyéndolas entre varias figuras responsables.
  • Ahorro momentáneo: Promete reducir las aportaciones inmediatas en seguridad social e impuestos.
  • Desinformación y falsa seguridad: Se acompaña de discursos que minimizan el riesgo real, haciendo creer que se trata de una práctica común y segura.
  • Implicaciones legales severas: Si alguna de las partes incumple, todos los involucrados pueden verse obligados a responder ante las autoridades.

Si bien puede parecer una opción tentadora en un entorno competitivo, el valor real de comprender este tema radica en identificar las señales de alerta y evitar caer en trampas financieras que comprometan el patrimonio y la reputación de tu empresa. Este post desentraña cómo opera este peligroso esquema, presenta sus riesgos concretos y aporta recomendaciones clave para prevenir daños irreversibles.

Atrévete a mirar más allá del ahorro inmediato y descubre cómo una buena decisión hoy puede significar seguridad y tranquilidad para el futuro de tu negocio.

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¿Planeación Fiscal o Fraude?

Los peligros de usar a tu familia en RESICO para pagar menos impuestos al SAT.


Como abogados fiscalistas, una de nuestras misiones es ayudar a los empresarios a navegar el complejo sistema tributario mexicano. Entendemos perfectamente el deseo de optimizar la carga fiscal y hacer más eficiente un negocio. Sin embargo, existe una línea muy delgada entre una estrategia fiscal legítima y un esquema que puede tener consecuencias devastadoras.

Recientemente, hemos notado un aumento en consultas sobre una «estrategia» que, a primera vista, parece ingeniosa para muchos: utilizar el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) a través de familiares para reducir drásticamente el pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR).

El esquema propuesto suele ser el siguiente:

  • Un empresario exitoso, con ingresos anuales superiores a los 5 millones de pesos, percibe que su tasa de ISR en el régimen general es muy alta.
  • Propone dar de alta a su cónyuge, hijos o padres en RESICO.
  • Fragmenta su facturación: una parte la sigue emitiendo su empresa, pero otra porción significativa la facturan directamente sus familiares desde sus cuentas de RESICO a los clientes finales.
  • Los familiares, quienes no realizan ninguna actividad empresarial real, simplemente actúan como intermediarios para emitir facturas y recibir el dinero, que luego regresa al control del empresario principal.

Suena demasiado bueno para ser verdad, ¿cierto? Lo es. En este análisis exhaustivo, desglosaremos por qué esta idea no solo es inviable, sino que constituye una ruta directa hacia problemas fiscales, financieros y penales de gran magnitud.


1. La Barrera de Entrada: ¿Por Qué el Esquema Falla Desde el Inicio?

El RESICO fue diseñado para pequeños contribuyentes, y la ley establece candados muy claros para evitar su uso indebido. Aquí es donde la estrategia colapsa en su primer paso.

La Ley del ISR (artículo 113-E) prohíbe explícitamente que tributen en RESICO las personas físicas que:

  • Sean socios, accionistas o integrantes de personas morales.
  • Sean partes relacionadas.
  • Tengan control o administración de otra sociedad.

En el esquema planteado, los familiares son, sin lugar a dudas, «partes relacionadas» del dueño del negocio. Existe una clara relación de consanguinidad y, más importante aún, el empresario principal ejerce «control efectivo» sobre las «actividades» de sus familiares. Él decide cuándo, a quién y por cuánto facturan. No hay independencia. Solo por este hecho, la autoridad fiscal (SAT) tiene todos los elementos para determinar que los familiares nunca fueron elegibles para tributar en RESICO y que su inscripción fue indebida.


2023 05 20 impacto relaciones familliares en aspectos fiscales grabado 600


2. El Ojo Crítico del SAT: Razón de Negocios y Simulación de Actos

Supongamos que, de alguna manera, se logra el registro. Aquí es donde entran en juego las herramientas más poderosas del SAT para combatir la evasión fiscal.

Falta de Razón de Negocios (Artículo 5-A del CFF)

El SAT tiene la facultad de analizar el fondo de cualquier operación y preguntarse: ¿esta transacción se hizo por una razón económica válida o solo para obtener un beneficio fiscal?

En este caso, la respuesta es obvia:

  • ¿Cuál es el beneficio económico para el negocio de que un familiar facture una parte de las ventas? Ninguno. De hecho, complica la operación.
  • ¿Los familiares están aportando un valor real, prestando un servicio o vendiendo un producto? No, solo emiten una factura.
  • El único beneficio tangible y cuantificable es la reducción de impuestos.

Al carecer de una «razón de negocios», el SAT tiene la plena facultad de recaracterizar la operación. Esto significa que desconocerá las facturas emitidas por los familiares y considerará que el 100% del ingreso fue generado y debió ser facturado por el contribuyente original.

Simulación de Actos Jurídicos (Artículo 109 del CFF)

Este es el terreno más peligroso. El Código Fiscal de la Federación (CFF) es brutalmente claro: simular un acto o contrato para obtener un beneficio fiscal indebido se considera un delito equiparable a la defraudación fiscal.

El esquema propuesto es un ejemplo de libro de texto de simulación. Se está creando una ficción legal (los familiares como «proveedores de servicios» o «vendedores») para ocultar la verdadera naturaleza de la operación (el empresario es el único que genera el ingreso).

Las consecuencias de esto no son solo multas; estamos hablando de un proceso penal que puede llevar a penas de prisión tanto para el autor intelectual (el dueño del negocio) como para los partícipes (los familiares).

3. Las Consecuencias: Un Efecto Dominó de Deudas y Riesgos

Analicemos el impacto financiero y legal para cada una de las partes si el SAT detecta este esquema.

Parte Involucrada Riesgos y Consecuencias
El Dueño del Negocio 1. Recaracterización del Ingreso: El SAT le atribuirá el 100% de los ingresos facturados por los familiares. 2. Impuestos Omitidos: Deberá pagar el ISR de esos ingresos bajo el régimen general, no con la tasa de RESICO. 3. Actualizaciones y Recargos: El adeudo histórico se actualizará por la inflación y generará recargos (intereses moratorios). 4. Multas de Fondo: Multas que pueden ir del 55% al 75% del total de los impuestos omitidos. 5. Proceso Penal: Será considerado el autor principal del delito de defraudación fiscal, con riesgo de prisión de 3 meses a 9 años, dependiendo del monto.
Los Familiares 1. Expulsión de RESICO: Serán eliminados del régimen de forma retroactiva. 2. Reclasificación al Régimen General: Se les reclasificará al régimen de actividades empresariales, obligándolos a recalcular sus impuestos desde el inicio. 3. Responsabilidad Solidaria: ¡Atención! El artículo 26 del CFF establece la figura de la «responsabilidad solidaria». Esto significa que si el dueño del negocio no puede pagar el adeudo fiscal, el SAT puede cobrar la deuda directamente a los familiares, embargando sus bienes y cuentas bancarias. 4. Complicidad en un Delito: Serán considerados cómplices necesarios en el delito de defraudación fiscal, enfrentando las mismas consecuencias penales.

Los problemas no terminan con la autoridad fiscal. Este tipo de estructuras abre la puerta a otros peligros graves:

  • Riesgo de Lavado de Dinero (PLD): Mover dinero a través de cuentas de terceros que no generaron legítimamente el recurso es una señal de alerta inmediata para la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). La estructura podría ser investigada bajo la Ley Antilavado por ocultar al verdadero beneficiario de los fondos.
  • Conflictos Familiares y Legales: ¿Qué sucede si un hijo decide que el dinero en su cuenta es suyo y se niega a devolverlo? ¿Qué pasa si un cónyuge se divorcia y reclama la mitad de la «empresa» que está a su nombre? ¿Y en caso de un fallecimiento? Este esquema crea pesadillas legales y puede destruir relaciones familiares.

Conclusión: El Único Camino es el Correcto

La estrategia de fragmentar la facturación a través de familiares en RESICO no es una planeación fiscal; es un esquema de defraudación. Es una estructura frágil, transparente para la autoridad y con consecuencias que pueden llevar a la quiebra del negocio y a la pérdida de la libertad y el patrimonio de todos los involucrados.

¿Existen formas legítimas de optimizar la carga fiscal? Por supuesto. Un negocio con ingresos significativos puede y debe explorar vías legales como:

  • Una correcta aplicación de deducciones autorizadas.
  • El aprovechamiento de estímulos fiscales sectoriales o regionales.
  • Una estructuración corporativa adecuada que optimice el flujo de recursos.
  • Planes de reinversión de utilidades.
  • Estrategias de previsión social para empleados y directivos.

Estas son estrategias sostenibles, legales y que fortalecen el negocio a largo plazo, en lugar de exponerlo a un riesgo catastrófico. Antes de considerar atajos que parecen demasiado buenos para ser verdad, acérquese a un especialista. La mejor inversión para su tranquilidad y la de su familia es una asesoría fiscal profesional y ética.

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Desmiente SAT noticias sobre el remplazo de la ⁤Constancia de Situación Fiscal

‌ ‍ ​ ⁣ En los últimos meses, han circulado ‌numerosas noticias ⁣falsas y‍ rumores en ⁤redes sociales y⁢ medios​ digitales afirmando ⁣que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ⁣ planea remplazar la Constancia de Situación Fiscal. Ante la confusión, el‌ SAT ha emitido comunicados oficiales para desmentir estas noticias ⁢y aclarar el estado actual de este documento essential⁤ para ​los contribuyentes en México. Si eres persona física o moral, este artículo te ayudará a⁣ entender la ​importancia de la⁤ Constancia de Situación Fiscal, cómo obtenerla ⁤y por qué no debes preocuparte por ​su​ supuesto remplazo.

 

¿Qué es la Constancia ‌de Situación Fiscal y para qué sirve?

​ La ⁣Constancia de Situación Fiscal‍ es⁤ un documento oficial emitido por el SAT‌ que⁢ contiene información clave sobre el Registro Federal de contribuyentes (RFC), ⁤el domicilio fiscal, el régimen fiscal y otros⁤ datos relevantes⁢ del contribuyente. Este documento es requerido‍ para diversos trámites fiscales y administrativos, tales como:

    • Alta o actualización ante el SAT
    • Contratación laboral
    • Emisión de ‌facturas electrónicas (CFDI)
    • Trámites bancarios
    • solicitudes de ⁤créditos⁢ o financiamiento
Importante: la Constancia de Situación‌ Fiscal‍ NO ha sido remplazada ni está en proceso⁣ de‍ serlo. El SAT mantiene vigente‌ este documento y su formato.

Rumores ⁢sobre ⁤el‌ remplazo ⁤de ⁣la Constancia de Situación Fiscal: ‍¿De dónde surgieron?

‌ ‍ El origen de los rumores‍ sobre el supuesto remplazo de la Constancia de Situación Fiscal se puede ‍rastrear a publicaciones en redes sociales y ⁣cadenas de ‌mensajes que‌ malinterpretaron ⁣cambios en otros procedimientos ⁢del ​SAT, como ⁣la actualización​ de datos‌ en ‍el‌ RFC o la adopción de nuevos formatos en los CFDI. Sin embargo, ningún comunicado oficial‌ del SAT ha anunciado el remplazo o ⁣eliminación⁣ de la ⁣Constancia de Situación Fiscal.

⁤ El SAT, a través de sus canales oficiales (www.sat.gob.mx y redes sociales verificadas), ha reiterado que​ la⁤ Constancia de Situación Fiscal sigue vigente ​y es indispensable para cumplir con diversas ​obligaciones fiscales.

Comunicado oficial ‍del SAT: Desmintiendo las noticias falsas

⁣ ⁤ El SAT ha publicado⁢ en⁤ repetidas ocasiones aclaraciones respecto a​ la⁣ falsedad de las noticias sobre ​el ⁢remplazo de ‍la Constancia ‌de Situación⁤ fiscal. A continuación, se resumen⁣ los puntos principales ‌de los comunicados más recientes:

    • No existe ningún trámite para ⁢sustituir la Constancia‌ de Situación ⁤Fiscal.
    • El⁣ documento‍ es necesario para⁤ la correcta emisión​ de ‌facturas electrónicas y trámites con terceros.
    • Las únicas fuentes⁣ oficiales de información son las páginas y redes ⁤sociales oficiales​ del SAT.
    • Cualquier cambio⁤ relevante en los procesos o documentos‌ fiscales​ se comunica oportunamente ⁤por medios oficiales.
¿Qué dice el rumor? ¿Qué ​responde el SAT?
La Constancia será remplazada por un​ nuevo documento falso.‍ La Constancia sigue ‌vigente ⁢y no hay ‍planes de⁤ remplazo
Ya no será necesaria para trámites fiscales Falso. Es⁢ indispensable para diversos trámites y comprobantes fiscales
El SAT está haciendo cambios ocultos en ⁤el⁤ RFC Falso. Todos los cambios se comunican oficialmente

¿Por qué es importante la Constancia de ​Situación Fiscal?

    • Identificación fiscal: Permite ‍acreditar tu ⁢RFC ⁢y régimen fiscal ante ⁣empleadores, bancos y ⁤autoridades.
    • Evita errores en facturación: proporciona datos actualizados para la emisión correcta de ‍CFDI.
    • Facilita⁢ trámites: Es solicitada para apertura de cuentas bancarias,créditos,contratación laboral ​y más.
    • Cumplimiento normativo: Es una herramienta clave para el cumplimiento de obligaciones fiscales.

¿Cómo obtener la Constancia de Situación Fiscal?

Obtener la Constancia de ‍Situación Fiscal ‍es un proceso sencillo y gratuito.​ Puedes hacerlo de las‌ siguientes maneras:

    1. En línea: ingresa⁤ al ‌portal​ Consulta tu⁣ información fiscal con tu RFC y contraseña o e.firma.
    2. Presencial: Acude a⁢ cualquier oficina del SAT con una cita previa y tu ‌identificación ‍oficial.
    3. App SAT ID: disponible para ciertos trámites, permite ​solicitar la constancia desde tu dispositivo móvil.
Tip: Descarga tu Constancia de Situación Fiscal al menos una ‍vez ⁢al‌ año para asegurarte de que tus datos estén actualizados.

Beneficios de mantenerse informado con fuentes oficiales

​ ​⁤ El SAT⁢ recomienda siempre consultar fuentes oficiales antes de realizar‍ cualquier trámite o tomar decisiones con base ⁤en información que circula en redes sociales. De esta⁤ manera,⁣ evitas⁢ caer ⁢en ‍fraudes, realizar trámites ​innecesarios o presentar documentos incorrectos.

    • Evitas ser ‍víctima de engaños y fraudes fiscales
    • Te mantienes al día con cambios normativos reales
    • obtienes información clara⁣ y verificada
    • Ahorras tiempo⁣ y recursos

Casos prácticos: Experiencias reales frente a rumores

Situación Acción recomendada Resultado
Recibí un mensaje diciendo​ que debo tramitar un nuevo⁤ documento fiscal Verificar la información en el‌ portal oficial del SAT Confirmé que era ⁣falso y ⁤evité un trámite⁢ innecesario
Mi empleador me solicitó la Constancia de Situación Fiscal para⁣ darme ⁣de alta Descargué la constancia ​desde el portal SAT El alta se realizó sin contratiempos
Vi en redes sociales‍ que el RFC cambiaría de formato Consulté⁢ los comunicados oficiales No ‌hubo cambios y continué usando mi RFC ⁤habitual

Recomendaciones prácticas para los contribuyentes

    • Descarga tu Constancia de ⁢Situación⁢ Fiscal ⁣directamente⁣ desde⁢ el portal oficial del SAT.
    • no compartas tus datos fiscales en sitios no ⁢oficiales o con terceros no autorizados.
    • Sigue las redes sociales y comunicados ⁢oficiales del ⁤SAT para mantenerte informado.
    • Ante cualquier duda, acude a un⁤ Contador Público Certificado o contacta ⁤al ​SAT.

Conclusión: mantente informado ​y​ evita caer en noticias⁤ falsas

⁣ La Constancia de Situación Fiscal ⁤sigue ⁤siendo un documento esencial ‍para todos⁣ los contribuyentes en‍ México.‍ El SAT ha desmentido categóricamente ‍los rumores ‍sobre su remplazo, por lo que puedes estar tranquilo ⁣y continuar⁤ utilizando tu constancia⁤ como hasta ahora. Recuerda siempre consultar fuentes oficiales, cuidar tus datos fiscales y, ante cualquier cambio importante, informarte a‌ través de los canales‌ adecuados.

Mantenerse informado y actuar con responsabilidad es clave para un cumplimiento fiscal eficiente y seguro.Comparte esta ⁣información con⁤ otros contribuyentes ⁣para evitar la desinformación y fortalecer una⁢ cultura de cumplimiento en México.

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¿Recibiste un correo del SAT sobre 2 empleadores?

¡Que no cunda el pánico! Te explicamos qué hacer.

 

¿Abriste tu correo y te encontraste con una notificación del SAT indicando que durante el año fiscal tuviste dos o más empleadores? Si tu primera reacción fue de preocupación, respira hondo. Es una situación más común de lo que crees y, en la mayoría de los casos, no significa que hayas hecho algo mal.

En iacontable.mx, sabemos que cualquier comunicación del SAT puede generar incertidumbre. Por eso, hemos preparado esta guía clara y sencilla para que sepas exactamente por qué te llegó ese correo y cuáles son los siguientes pasos.

Primero lo primero: ¿Por qué te llegó este correo?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) cruza constantemente la información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que se emiten. Si durante un año fiscal detecta que recibiste CFDI de nómina de dos o más Razones Sociales (empresas) distintas, te enviará este aviso.

Las razones más comunes para que esto ocurra son:

  1. Cambiaste de trabajo: Si renunciaste a un empleo y comenzaste en otro durante el mismo año, cada empresa te registró como su empleado y emitió recibos de nómina. Para el SAT, esto cuenta como dos patrones.
  2. Tuviste dos empleos simultáneamente: Si trabajaste para dos empresas al mismo tiempo, incluso si uno era de medio tiempo, ambos son considerados tus patrones.
  3. Recibiste una liquidación o finiquito: Al terminar una relación laboral, el pago por liquidación o finiquito es timbrado por tu antiguo patrón. Si inmediatamente después te contrató otra empresa, ya tienes dos registros patronales en el año.
  4. Recibes una pensión y además trabajas: La institución que paga tu pensión (como el IMSS o ISSSTE) actúa como un «patrón» para efectos fiscales, emitiendo un CFDI. Si además tienes un empleo, ya sumas dos.
  5. Un error en el timbrado: Aunque es menos frecuente, puede haber un error administrativo por parte de alguna empresa. Por ejemplo, que te hayan dado de baja y de alta de nuevo con una razón social ligeramente diferente o que exista un RFC incorrecto.

La implicación fiscal clave: La obligación de presentar tu Declaración Anual

Aquí está el punto central del aviso del SAT. Según el artículo 98, fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), si tuviste dos o más empleadores en un mismo año fiscal, estás obligado a presentar tu Declaración Anual, sin importar el monto de tus ingresos.

¿Por qué? Cada empleador calcula y retiene el ISR de tu sueldo asumiendo que es tu única fuente de ingresos. Al tener dos o más, es muy probable que la suma de tus ingresos te coloque en un renglón (tasa) de ISR superior al que te fue aplicado individualmente.

Al presentar la Declaración Anual, se realiza el cálculo global correcto. Esto puede resultar en dos escenarios:

  • Saldo a pagar: La suma de las retenciones que te hicieron tus patrones fue menor al impuesto total que debías pagar.
  • Saldo a favor: A veces, especialmente si presentas deducciones personales, el cálculo puede resultar en una devolución.

Guía paso a paso: ¿Qué hacer ahora?

No te preocupes, el proceso es manejable. Sigue estos pasos:

Paso 1: Mantén la calma y verifica la información

No borres el correo. Primero, ingresa al portal del SAT con tu RFC y contraseña o e.firma. Busca la herramienta «Visor de comprobantes de nómina para el trabajador». Ahí podrás ver el detalle de todos los patrones que emitieron CFDI a tu nombre durante el año en cuestión y confirmar que la información del correo es correcta.

Paso 2: Identifica tu situación

Con la información del Visor de Nómina, confirma cuál de los escenarios que mencionamos arriba (cambio de trabajo, dos empleos, etc.) es el tuyo. Si reconoces a todos los patrones, el proceso es simplemente cumplir con tu obligación.

¿Y si no reconoces a un patrón? Si en el visor aparece una empresa para la que nunca trabajaste, contacta inmediatamente a dicha empresa para solicitar la cancelación de esos CFDI. Si no obtienes respuesta, puedes presentar una solicitud de conciliación o una queja directamente en el portal del SAT para desconocer esa relación laboral.

Paso 3: Reúne tu información para la Declaración Anual

Aunque el portal del SAT ya tiene precargada la mayor parte de tu información de ingresos y retenciones, es fundamental que te prepares. Reúne los comprobantes de tus deducciones personales:

  • Gastos médicos, dentales, hospitalarios y de psicología/nutrición.
  • Colegiaturas.
  • Intereses reales de créditos hipotecarios.
  • Donativos a instituciones autorizadas.
  • Aportaciones complementarias al Afore.
  • Gastos funerarios.

Paso 4: Presenta tu Declaración Anual

La declaración se presenta a más tardar el 30 de abril del año siguiente al que corresponde la declaración. El aplicativo del SAT es cada vez más intuitivo, pero si la terminología fiscal te resulta compleja o quieres asegurarte de no cometer errores y maximizar tus deducciones, este es el momento ideal para buscar ayuda profesional.

¡No dejes que un correo te quite la tranquilidad! Cumplir con el SAT es más fácil cuando tienes al experto correcto de tu lado, contácta a un Contador 😉

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Aquí tienes un resumen más corto y sencillo sobre los cambios de la versión 1.5 del Web Service del SAT, pensado para el usuario final:

SAT Actualiza su Servicio para Bajar XMLs Masivamente (Versión 1.5)

El SAT ha realizado mejoras importantes a su servicio en línea que te permite descargar grandes cantidades de tus facturas electrónicas (CFDI y de Retenciones). Esta nueva versión (1.5), ya disponible desde el 30 de mayo de 2025, facilita aún más la obtención de tus comprobantes.


Como siempre, nuestro patrocinador ya está listo con su programa actualizado para que realices tus descargas masivas de XML:

DMXML Listo

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¿Qué Novedades Hay Para Ti?

  • ¿Necesitas una sola factura? Ahora es más fácil: Si buscas una factura específica, la nueva versión te permite pedirla directamente usando su número de folio único (UUID).
  • Compatible con más tipos de facturas: El sistema ahora reconoce más complementos de factura, adaptándose a los cambios más recientes del CFDI 4.0.
  • Reglas más claras para facturas canceladas:
    • Al descargar tus facturas emitidas, podrás obtener tanto las vigentes como las canceladas.
    • Al descargar tus facturas recibidas en formato XML, solo obtendrás las que están vigentes. Sin embargo, si pides la «metadata» (un resumen de los datos de tus facturas recibidas), sí se incluirán tanto vigentes como canceladas.
  • Mejoras generales del servicio:
    • Si hay algún problema con tu solicitud o si excedes algún límite (como pedir demasiadas facturas a la vez), el sistema te dará mensajes más claros.
    • Importante para tus descargas: Una vez que el SAT prepara tus facturas en un paquete, tienes 72 horas para descargarlo.
    • Solo podrás intentar bajar cada paquete un máximo de 2 veces.

¿Qué Implica Esto Para Ti Como Usuario?

  • Es muy probable que tu programa de contabilidad o la herramienta que utilizas para descargar los XML del SAT necesite ser actualizado por tu proveedor para funcionar correctamente con estos cambios.
  • Podrías notar nuevas opciones o un manejo más eficiente en las herramientas que usas habitualmente para tus facturas.

Te recomendamos verificar que tu software esté al día para aprovechar estas mejoras.

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En México, la normativa fiscal general para la emisión de la factura global (CFDI global) por operaciones realizadas con el público en general establece que se deben incluir ciertos detalles de las notas de venta o comprobantes simplificados que amparan dichas operaciones. No existe una disposición general vigente que permita a todos los contribuyentes omitir por completo el detalle de cada nota de venta e incluir únicamente el total del periodo en la factura global.

La Regla 2.7.1.21. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente es la que regula la expedición de CFDI por operaciones con el público en general. Esta regla establece que los contribuyentes podrán expedir un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda. Crucialmente, la regla indica que:

«…los contribuyentes, por las operaciones a que se refiere el párrafo anterior, deberán consignar en el CFDI global que emitan, los números de folio o de operación de los comprobantes de operaciones con el público en general que se emitieron en el periodo.«

Esto significa que, como norma general, la factura global debe incluir un nodo o concepto por cada comprobante de operación con el público en general (nota de venta, ticket, etc.), donde se especifique, como mínimo:

  • El número de folio o de operación de dicho comprobante (campo NoIdentificacion).
  • El valor total de las operaciones amparadas en dicho comprobante.
  • La clave genérica de producto/servicio (por ejemplo, «01010101 – No existe en el catálogo»).
  • La clave de unidad («ACT – Actividad»).
  • Una descripción genérica (por ejemplo, «Venta»).
  • El desglose de los impuestos trasladados correspondientes a ese comprobante.

Por lo tanto, la factura global no requiere el detalle exhaustivo de cada artículo o servicio vendido en cada nota de venta, pero sí requiere la identificación individual de cada nota de venta a través de su número de folio y su monto total.

Contribuyentes que sí pueden elaborar la factura global sin desglosar cada nota o ticket

Régimen Periodicidad autorizada Condición operativa Fundamento principal
Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) Bimestral Emitir el CFDI global mediante la opción “Factura fácil / Mis Cuentas” del SAT, consignando sólo el monto total de las ventas del bimestre y el periodo al que corresponden. Regla 2.7.1.21, último párrafo, y Décimo Noveno Transitorio de la 1.ª RMF 2022 (vigencia prorrogada en RMF 2024-2025) SATidconline
Régimen Simplificado de Confianza – Personas Físicas (RESICO PF) Mensual CFDI global generado en “Factura fácil / Mis Cuentas”; se captura únicamente el total de operaciones del mes (IVA/IEPS sí deben separarse). Regla 2.7.1.21, párr. 1 y 5, reformada 18-feb-2022 (1.ª RMF 2022) y aplicable en RMF 2025 SATidconline

Nota:
Las personas morales del RESICO y cualquier otro régimen (actividad empresarial, arrendamiento, PM régimen general, etc.) no gozan de esta facilidad; sus CFDI globales deben contener el folio de cada comprobante simplificado o, en su caso, cada línea con los importes individuales.


¿Por qué el resto de los contribuyentes debe detallar cada venta?

La regla 2.7.1.21 (antes 2.7.1.24) establece como obligación general que el CFDI global incluya:

  1. El importe de cada operación con público en general realizada en el periodo (diario, semanal o mensual); y

  2. El número de folio / operación de los comprobantes simplificados que sirvieron de base.

SAT


Marco jurídico completo

Disposición Contenido relevante
CFF 29 y 29-A, fr. IV Obligan a emitir CFDI y facultan al SAT a establecer facilidades para operaciones con público en general.
Reglamento CFF art. 39 Detalla plazos para remitir el CFDI global (72 h o 24 h, según versión vigente).
LISR art. 112 Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
LISR art. 113-E a 113-G Régimen Simplificado de Confianza (personas físicas).
RMF 2025 Regla 2.7.1.21 Norma operativa de expedición de CFDI global; incluye excepciones para RIF y RESICO PF.
Transitorios RMF 2024-2025 (Décimo Noveno y similares) Mantienen la facilidad para RIF durante 2024-2025.

Recomendaciones prácticas

  1. Use la herramienta correcta: la facilidad solo aplica cuando el CFDI global se timbra en Mis Cuentas (Factura Fácil).

  2. Desglose de impuestos: aun sin detallar tickets, RIF y RESICO PF deben mostrar IVA/IEPS totales; RIF puede omitir desglose si aplica los incentivos del art. 23 LIF vigente.

  3. Plazo para timbrar: emita el CFDI global dentro de las 72 h siguientes al cierre del periodo (bimestre o mes, según el régimen).

  4. Conserve los comprobantes internos: aunque no se enumeren, las notas de venta/tickets deben existir y conservarse por los plazos de ley.

  5. Revise cada año la RMF: la facilidad se ha renovado vía reglas transitorias; confirme cada ejercicio que siga vigente.

Con estas bases puedes sustentar ante el SAT la emisión simplificada de tu factura global si tributas en RIF o RESICO PF; fuera de esos supuestos, deberás seguir detallando cada operación en el CFDI global.

Se recomienda siempre consultar la RMF vigente y las guías de llenado del SAT para obtener la información más actualizada y detallada, o asesorarse con un profesional fiscal.

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@frikifer ¿Qué significa RFC? 🤣😂🥴 #humor #comedia ♬ sonido original – Frikifer

El clip es gracioso, pero la reacción revela un problema real

El video publicado hace unos días por el creador de contenido Frikifer ya supera los 4 millones de reproducciones y ha dividido opiniones: para unos es simple humor; para otros, una señal de que la cultura fiscal necesita refuerzos.


1. ¿En qué se equivocó la entrevistada?

Sigla Significado real Para qué sirve
RFC Registro Federal de Contribuyentes Identifica ante el SAT a cualquier persona física o moral que deba pagar impuestos; es obligatorio para facturar, cobrar nóminas, abrir cuentas empresariales y realizar trámites como la e.firma. SAT
KFC Kentucky Fried Chicken Cadena de comida rápida… y nada que ver con tus obligaciones fiscales.

El RFC es una clave alfanumérica de 13 caracteres (12 si naciste antes de 2000) que se genera con tu nombre y fecha de nacimiento; hoy puede tramitarse gratis en línea usando solo la CURP y una identificación oficial. SAT


Siete ideas para reforzar la cultura fiscal

  1. Incluir un módulo obligatorio de “Impuestos básicos” en secundaria y preparatoria (15-20 horas anuales, con casos prácticos y simuladores).

  2. Mini-cursos gratuitos en TikTok, YouTube Shorts e Instagram Reels producidos por el SAT y creadores como Frikifer, pero con rigor técnico.

  3. Jornadas móviles del SAT que visiten plazas públicas y universidades para tramitar RFC, e.firma y constancias en el momento.

  4. Apps gamificadas (p. ej. “Impuesto-GO”) que premien a los usuarios por reconocer conceptos y cumplir ejercicios reales —como descargar tu Constancia de Situación Fiscal.

  5. Capacitación a empleadores para que los nuevos trabajadores salgan de Recursos Humanos con RFC y e.firma listos.

  6. Requerir una “inducción financiera express” al abrir cuentas bancarias o contratar un servicio a plazos; la banca ya tiene la infraestructura para entregarla en 15 minutos.

  7. Continuar la digitalización con trámites 24/7 y lenguaje llano (ejemplo: “¿Eres freelancer? Esto debes presentar cada mes” en el propio portal).


Conclusión

El chiste de confundir RFC con KFC puede parecer inofensivo, pero pone en evidencia un rezago que afecta la formalidad laboral, la recaudación y hasta la salud financiera personal. Convertir momentos virales en oportunidades pedagógicas —apoyados por escuelas, gobierno e influencers— es una vía rápida para que las siglas que importan (RFC, CURP, CFDI) dejen de sonar tan crípticas… ¡y no las volvamos a confundirlas con rico pollito frito! 😀

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El SAT ha enviado correos y mensajes para que revisemos a los Doctores y Médicos:

¿Has recibido recientemente un correo electrónico o mensaje del SAT recomendando revisar tus facturas médicas o la situación fiscal de tu doctor? No eres el único.En los últimos meses, muchos contribuyentes y profesionales de la salud han recibido comunicados del Servicio de Administración Tributaria (SAT) invitando a supervisar con mayor atención la facturación de servicios médicos. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre esta nueva iniciativa, qué debes hacer si recibes uno de estos mensajes, los principales motivos detrás de esta revisión y consejos prácticos para mantenerte en regla.

¿Por qué el SAT está enviando correos y mensajes sobre la revisión de doctores y Médicos?

Desde 2023 y lo que va de 2024, el SAT ha intensificado su estrategia de fiscalización preventiva en el sector salud. El objetivo es asegurar que los servicios médicos facturados (gastos médicos deducibles) cumplen con los requisitos fiscales y que los médicos y clínicas se encuentran debidamente registrados y reportando ingresos correctamente. Esta vigilancia responde a un aumento en la detección de facturas apócrifas y deducciones indebidas por servicios médicos.

    • Evitar la evasión fiscal en el sector salud.
    • Combatir las facturas falsas o por servicios no realizados.
    • Garantizar deducciones fiscales legales para los contribuyentes.
    • Asegurar que los médicos y clínicas estén operando en regla.

¿Qué tipo de mensajes está enviando el SAT?

Existen principalmente dos tipos de notificaciones que están recibiendo tanto contribuyentes como médicos:

    • Correos electrónicos solicitando validar la información de facturas médicas.
    • Mensajes SMS o notificaciones en el buzón tributario con alertas sobre inconsistencias en gastos deducibles.
Tipo de mensaje Destinatario Contenido principal
Correo electrónico Paciente/contribuyente Revisar validez de facturas médicas
SMS / Buzón tributario Médico/consultorio Aviso de inconsistencias fiscales
Llamada telefónica Ambos Confirmación de servicios y deducciones

¿Cómo saber si el correo del SAT es auténtico?

Evita caer en fraudes. Por eso, revisa estos elementos clave para identificar si el mensaje del SAT es verídico:

    • El remitente oficial termina en @sat.gob.mx.
    • Normalmente no solicitan información confidencial directa (contraseñas o tokens).
    • Incluyen tu RFC o nombre completo.
    • generalmente te piden acercarte al portal oficial (sat.gob.mx), nunca proporcionan enlaces sospechosos.
    • Puedes validar tu estado en el Buzón Tributario de la página oficial.

¿Qué hacer si recibo un correo o mensaje del SAT sobre mis facturas médicas?

Si recibes una notificación,lo más importante es no ignorarla. Estos son los pasos recomendados:

    1. Confirma la autenticidad del mensaje siguiendo las recomendaciones previas.
    2. Accede a tu Buzón Tributario para verificar si tienes algún requerimiento adicional o notificación formal.
    3. Revisa tus facturas y deducciones médicas correspondientes al periodo señalado.
    4. Verifica que tus facturas cumplen con los requisitos:
        • Emitidas por un médico con cédula profesional registrada.
        • Factura expedida con tu RFC correcto.
        • Contiene método de pago y forma de pago válida.
        • Factura emitida en versión vigente (CFDI 4.0 en 2024).
    5. Si detectas errores, acude con tu médico o clínica para la corrección respectiva.
    6. Si todo está en orden, puedes responder la notificación aclarando y adjuntando los comprobantes si se solicita.

Obligaciones Fiscales de Doctores y Médicos ante el SAT

Los médicos y consultorios deben cumplir ciertas obligaciones fiscales para evitar notificaciones del SAT:

    • Emitir facturas electrónicas (CFDI) por cada servicio médico prestado.
    • Registrar su cédula profesional en el SAT.
    • Declarar correctamente sus ingresos en la declaración anual.
    • Conservar contratos, agendas y documentos que respalden la prestación de servicios.
Obligación Detalles Frecuencia
CFDI’s válidos Emitir con cédula y RFC del paciente Por cada consulta
Declaración anual Declarar ingresos y deducciones Anual
Registro ante SAT Actualizar datos,domicilio,profesión Por cambios

 

Consejos prácticos para pacientes y Doctores ante las revisiones del SAT

Para Pacientes / Contribuyentes

    • Solicita siempre tu factura al momento de pagar tus servicios médicos.
    • Revisa que tus datos estén correctamente capturados: RFC, nombre completo y régimen fiscal.
    • Guarda copias digitales y físicas de tus facturas y recibos médicos.
    • No aceptes facturas de médicos que no te atendieron personalmente.
    • Si usas tus gastos médicos como deducción, verifica que cada factura cumpla los requisitos fiscales del SAT
    • Consulta periódicamente tu Buzón Tributario para no pasar por alto avisos importantes.

Para Médicos / Consultorios

    • Asegúrate de emitir facturas electrónicas completas y legales.
    • Actualiza tus datos y domicilio ante el SAT.
    • No emitas facturas si el servicio no fue realmente prestado.
    • Documenta cada consulta por medio de agendas, historiales y recibos.
    • Si surge una aclaración, responde a tiempo y con argumentos sólidos.

Beneficios de la revisión del SAT para pacientes y médicos

Aunque pueda parecer molesto, esta vigilancia del SAT trae varias ventajas:

    • Mayor confianza en el sector salud. Menos fraude y facturación falsa.
    • Gastos deducibles validados. Evitas problemas al presentar tus declaraciones.
    • Médicos actualizados y transparentes. Mejora la reputación profesional y disminuye riesgos fiscales.

Preguntas Frecuentes sobre los avisos del SAT a Doctores y Médicos

¿Qué sucede si ignoro un aviso del SAT?

Puedes perder el derecho a deducción de esos gastos e incluso recibir multas o auditorías.

¿Pueden cancelar mi RFC o mis deducciones por una factura médica incorrecta?

Sí, si el SAT determina que hay corrupción, simulación o reincidencia, puede cancelar facturas y deducciones incorrectas.

¿Qué hago si recibí un correo falso del SAT?

No hagas clic en enlaces. Repórtalo a [email protected] y no compartas datos personales.

Conclusión: Mantente actualizado y en regla con el SAT

No temas si recibes un correo o mensaje del SAT relativo a tus facturas médicas o deducciones. Lo importante es revisar tus documentos, corregir cualquier error y responder a tiempo. con un manejo responsable de tu información fiscal y tus gastos médicos, puedes evitar multas o problemas legales. recuerda que la comunicación con el fisco es parte de tus obligaciones y también de tus derechos como contribuyente.

¿Tienes dudas? Consulta a tu contador o visita el portal oficial del SAT para información y asesoría actualizada.

Palabras clave sugeridas: SAT revisa médicos, correos del SAT, facturación médica, deducción gastos médicos, obligaciones fiscales médicos, mensajes SAT 2024, CFDI médicos, SAT sector salud.